La norma que clarifica la asistencia sanitaria transfronteriza sale adelante en el Parlamento

Fecha Publicación: 
19 Enero 2011

Euroalert.net, 19 | 01 | 2011 - Noticia

El pleno del Parlamento Europeo ha aprobado en su sesión del 19 de enero una norma que clarifica los derechos de los pacientes que deseen recibir asistencia sanitaria en un país de la Unión distinto del suyo. Esta directiva establece las condiciones para el reembolso de los tratamientos realizados en el extranjero, e introduce un sistema de autorización previa que el paciente deberá obtener en el país de origen. Los Estados miembros tendrán dos años y medio para transponer la directiva.

Los eurodiputados han aprobado por amplia mayoría en una votación a mano alzada el el texto acordado con el Consejo en relación a la directiva por la que los pacientes podrán obtener asistencia sanitaria en países de la Unión que no sean su país de origen, propuesta por la Comisión en 2008 en el marco de la Agenda Social Renovada. Con ello se pretende aclarar unos derechos que hasta ahora resultaban un tanto difusos.

Según la nueva directiva, y como norma general, será el país de afiliación, es decir aquél en el que reside el paciente, el que sufrague los costes que habrían sido abonados en su territorio por el mismo tratamiento y en caso de que exista una diferencia de precio, ésta correrá a cargo del paciente.

No obstante, las autoridades nacionales podrán exigir una autorización previa cuando los pacientes deban ingresar en el hospital al menos una noche o en el caso de tratamientos especializados y en el caso de que la autorización fuera rechazada, éstas deberían justificar las causas para ello. No obstante, y a iniciativa de los eurodiputados, será posible basar este rechazo en algunas de las razones recogidas en un lista contemplada por la directiva, entre las que no estará en ningún caso razones de lista de espera.

Libre circulación efectiva también para los pacientes y evitar el “turismo sanitario”

Amparándose en esta directiva, los pacientes podrán solicitar un tratamiento en otro país de la UE para lo cual dispondrán de una serie de puntos nacionales de contacto para dar información. Con estas normas se pueden beneficiar, por ejemplo, pacientes en listas de espera o aquellos que no disponen de tratamientos especializados en su país.

La directiva propone además reforzar la cooperación entre los Estados miembros en el diagnóstico y el tratamiento de las enfermedades raras ante las cuales la Comisión Europea se ha propuesto luchar en el marco de su estrategia para las enfermedades de este tipo que afectan a un número importante de ciudadanos.

El texto aprobado por la Eurocámara debe recibir después el visto bueno formal del Consejo, y una vez superado este trámite y publicada la directiva en el Diario Oficial de la UE, los Estados miembros dispondrán de un plazo de dos años y medio para transponerla.

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