Sanidad rectifica y dará tarjeta a los que cobren menos de 100.000 €

Fecha Publicación: 
14 Junio 2012

Habrá cobertura sanitaria para todo el que resida legalmente en España y se elimina la figura de la persona sin ingresos

Levante.emv

Todos los ciudadanos que residan legalmente en España (tanto españoles como extranjeros) y tengan ingresos inferiores a 100.000 euros anuales tendrán derecho a la tarjeta sanitaria, aunque no hayan cotizado a la Seguridad Social. Así se recoge en el proyecto de real decreto por el que se regula la condición de asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria en España, al que ha tenido acceso Efe.

Para la aplicación del límite de 100.000 euros se tendrán en cuenta los rendimientos del trabajo, del capital, de actividades económicas y ganancias patrimoniales sujetos a gravamen. Se entiende que no superan esos ingresos los ciudadanos que no están obligados a hacer la declaración de la renta.

Según la norma, serán beneficiarios los cónyuges de la persona asegurada o quien conviva con ella "constituyendo una pareja de hecho debidamente inscrita en el registro correspondiente". También serán beneficiarios los excónyuges que reciben una pensión compensatoria y los descendientes menores de 26 años, y en caso de ser mayor de esa edad, aquellos que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 65 %. Asimismo, la condición de beneficiario se extiende a los menores legalmente acogidos y a los hermanos y las hermanas del asegurado que tengan menos de 26 años, siempre que convivan con el mismo y dependan económicamente de él.

Los extranjeros de la Unión Europea o los originarios de países que tengan convenios con España serán atendidos en las condiciones que se establezcan en las disposiciones comunitarias bilaterales. El resto de extranjeros que no residan legalmente en España recibirán asistencia sanitaria siempre que paguen la prestación o la cuota derivada de la suscripción de un convenio especial.

El objetivo de ésta y otras medidas incluidas en el proyecto es completar el marco normativo vigente y establecer un régimen jurídico "más adecuado" que permita definir los supuestos de acceso al derecho a la asistencia sanitaria pública a través de las figuras del asegurado y del beneficiario, "y regular un mecanismo de reconocimiento de dicha condición que resulte de aplicación tanto a los españoles como a los ciudadanos de otras nacionalidades".

"Es necesario no sólo mantener sino también reforzar la sostenibilidad del modelo sanitario", afirma, de modo que puede "protegerse" frente a las diferentes amenazas que pudieran quebrantarlo.

Esta norma deroga el real decreto que establece la cobertura de la asistencia sanitaria a personas sin recursos económicos suficientes. 

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