ComentOEG, nº 10

Fecha Publicación: 
16 Marzo 2011

Régimen económico matrimonial y consecuencias patrimoniales de parejas registradas en supuestos transfronterizos o internacionales: Propuestas de Reglamento

Mayte Echezarreta Ferrer, directora del OEG

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El 16 de marzo pasado, la Comisión publicó dos propuestas de Reglamento, aún no definitivas, sobre competencia judicial internacional, ley aplicable y reconocimiento y ejecución de decisiones en materia de régimen económico matrimonial, y sobre consecuencias patrimoniales de las parejas registradas en supuestos transfronterizos o internacionales. 

En los matrimonios o parejas con conexiones en diversos Estados por razón de su diferente nacionalidad, residencia o situación de sus bienes se plantean serias incertidumbres de carácter patrimonial cuando dichas relaciones llegan a su fin.

Según la Comisión, existen en Europa unos dieciséis millones de parejas internacionales, al menos 650.000 de las cuales deben hacer frente a estos problemas. Los ciudadanos pierden tiempo y dinero tratando de  determinar la ley aplicable a su caso, y los tribunales competentes, para conocer de él. Las divergencias jurídicas entre los veintisiete Estados  miembros de la UE crean un incentivo para buscar un foro de conveniencia o ser el primero en la carrera hacia los tribunales. Esa es la expresión utilizada cuando uno de los cónyuges, por lo general el que goza de mejor situación económica, se apresura a acudir al tribunal cuyo fallo considera va a resultarle más favorable.

La Comisión Europea propone, por ello, un conjunto de normas comunitarias que arrojen claridad jurídica sobre los derechos de propiedad de los matrimonios internacionales y de las uniones registradas con dimensión internacional. Los dos Reglamentos, en trámite legislativo aún, contribuirán a determinar el tribunal competente para conocer de tales cuestiones, así como la ley aplicable a los derechos de propiedad. Además, los Reglamentos incluyen reglas sobre el reconocimiento y la ejecución en todos los Estados miembros de la UE de las resoluciones judiciales relativas a la propiedad de las parejas mediante un procedimiento único.

Estas propuestas constituyen el primer resultado tangible del Informe de la Comisión sobre la Ciudadanía, de octubre de 2010 (IP/10/1390 y MEMO/10/525), que ponía de manifiesto veinticinco grandes obstáculos prácticos con que los europeos todavía tropiezan en su vida cotidiana. Las propuestas referidas constituyen el paso lógico siguiente al rápido acuerdo alcanzado el pasado año sobre la legislación de la UE que determina el país cuyas leyes se aplican en los casos de divorcio transfronterizo (IP/10/347 y MEMO/10/695).

Documento completo:

  • Documento que acompaña a la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones Disipación de las incertidumbres en torno a los derechos patrimoniales de las parejas internacionales. Incluye: "Propuesta de Reglamento del Consejo relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia de regímenes económico-matrimoniales" (COM(2011) 126/2) y "Propuesta de Reglamento del Consejo relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia de efectos patrimoniales de las uniones registradas" (COM(2011) 127/2). {COM(2011) 125 final {COM(2011) 126 final} {COM(2011) 127 final} {SEC(2011) 327 final}. Comisión de las Comunidades Europeas, Bruselas, 16-3-2011 (SEC(2011) 328 final).


Documentación complementaria:

  • "La Comisión propone unos derechos de propiedad más claros para los 16 millones de parejas internacionales de la UE", Bruselas, 16-03-2011 (IP/11/320).
  • "Clearer property rights for Europe's 16 million international couples – frequently asked questions". Bruselas, 16-03-2011(MEMO/11/175).