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26 Mayo 2012 Los proyectos no se ajustan a las exigencias ambientales y urbanísticas. Seis urbanizaciones se localizaban en el interior y apenas tres en la costa. El País | Noticia La mayoría de los nuevos proyectos urbanísticos vinculados a campos de golf en Andalucía no cumple los requisitos exigidos en el decreto que desde hace cuatro años regula la implantación de estos complejos. La comisión técnica de calificación ha rechazado nueve proyectos por no ajustarse a los parámetros ambientales y territoriales estipulados para poder obtener la declaración de campo de interés turístico, la categoría que permite la construcción de viviendas anexas a la instalación deportiva. La mayoría de los nueve campos rechazados, seis, se ubican en parajes del interior. Dos en las provincias de Sevilla (El Agujetero, en Osuna; y Montellano Golf) y Málaga (Finca Corvite, en Almogía; y Las Lomas, en Casarabonela); y uno en Córdoba (Las Lomas del Duque en Lucena) y otro en Granada (Castillo de Tajarja, en Chimeneas). Los tres campos de costa son Hoya Áltica, en Almería; Los Palmares, entre Salobreña y Molvízar (Granada) y La Joyita Golf en Barbate (Cádiz). Los promotores aun están en plazo de presentar alegaciones contra la decisión, aunque no prosperan si no es con cambios sustanciales en el proyecto, y es que durante el proceso de tramitación normalmente los distintos departamentos requieren mejoras y correcciones que en estos nueve casos no han resultado suficientes. La comisión técnica evalúa la idoneidad de los campos de golf tras conocer los informes de incidencia territorial, medioambiental, deportiva y turística de los correspondientes departamentos con competencias de la Administración autonómica. Si considera que se cumplen todas las exigencias, eleva la propuesta al Consejo de Gobierno, a quien compete la declaración definitiva de campo de interés turístico. Desde que en febrero de 2008 se aprobó el decreto regulador de los campos de golf, sólo un proyecto ha logrado obtener la calificación de interés turístico, El Següesal Golf, que promueve en Barbate el grupo Bogaris y que contempla la construcción de 450 viviendas y más de 900 apartamentos turísticos, autorizado en julio de 2011. Hay otros dos proyectos que han superado la evaluación de la comisión técnica y que incluso fueron ya vistos en el consejillo de viceconsejeros que prepara los asuntos a tratar en las reuniones del Gobierno andaluz, pero este ya estaba en funciones tras las pasadas elecciones autonómicas y están pendientes de aprobación. Los dos campos están también en la provincia de Cádiz, uno de ellos de la misma promotora Bogaris, en Jimena de la Frontera, donde proyecta un complejo con casi 600 viviendas y más de 900 apartamentos turísticos. El otro proyecto es más restrictivo, con apenas 150 viviendas, en Castellar de la Frontera, y que es un campo complementario a Valderrama, en Sotogrande, designado por los jugadores profesionales el mejor campo de golf de Europa. El consejero de Turismo y Comercio, Rafael Rodríguez, recuerda que el decreto regula la declaración de interés turístico de los proyectos, y que por tanto, para aprobarla tienen que tener “una vocación claramente turística, en la que el uso deportivo y hotelero sea preferente y, siempre que su impacto en el medio se ajuste a los preceptos ambientales”. Rodríguez, uno de los tres miembros de IU en el Gobierno, advierte de que lo que no puede ser es que se utilice la excepcionalidad de la declaración de interés turístico “para colar proyectos eminentemente residenciales y sortear la normativa urbanística y los preceptos que imponen el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA) o los planes subregionales”. “El decreto no está para eso, pero propiciará todo campo auténticamente turístico”, insiste. El proyecto rechazado en Almería, por ejemplo, planteaba construir 1.870 viviendas. Precisamente, el decreto se elaboró tras una larga discusión en el Gobierno para evitar que con la excusa de un campo de golf proliferen y se consoliden núcleos de población aislados en suelo no urbanizable alejados de las poblaciones y demandantes de nuevos servicios e infraestructuras. En junio de 2010 se modificó el decreto para aligerar algunas exigencias, como permitir que las viviendas no computen para el 30% de incremento residencial y 40% de suelo que como tope pueden programar los municipios en sus planeamientos. Otros seis campos en trámite Desde que se aprobó el decreto regulador de la implantación de campos de golf en Andalucía (febrero de 2008), se han presentado 19 proyectos que aspiran a ser declarados de interés turístico, lo que permite la excepcionalidad de que puedan incluir promociones residenciales. Entre los requisitos se exige una superficie mínima de 70 hectáreas, un recorrido de 18 hoyos no inferior a 6.000 metros, y una distancia mínima desde el eje de las calles hasta la edificación más próxima de 90 metros. Deben contemplar un plan de actuación ambiental que obtenga la calificación de calidad ISO, con reforestación y plantación de especies autóctonas, y disponer de medios propios para el agua de riego, pues no pueden usar la de la red general ni de abastecimiento humano. La obtención de los permisos, desde la autorización ambiental unificada hasta la declaración de interés público, supone un complejo y lento proceso, que ha generado descontentos. Para hacerlo más transparente y fácil, el pasado marzo, más de cuatro años después de aprobarse el decreto, se publicó la orden que establece el procedimiento a seguir para los que se presenten a partir de ahora. El primer paso de tramitación cuando se recibe una solicitud, antes de emitirse ningún informe, es sacar el proyecto a información pública, para que sea conocido y puedan presentarse alegaciones. En esta fase inicial está desde el pasado día 18 el último proyecto recibido, el promovido por el banco Foreing Lybian Bank en la Costa del Sol en la finca La Resinera, de 70 millones de metros cuadrados, que perteneció a Gaddafi, aunque ocuparía cinco millones, y prevé 1.200 viviendas. Además, hay otros seis en distintas fases de tramitación previa al pronunciamiento de la comisión técnica. Los derechos corresponden al medio de comunicación en el que fue publicado
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